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La Procuraduría de Investigaciones Administrativas (PIA) aceptó el pedido de dos ONG y se involucró en la causa $LIBRA para apelar el sobreseimiento del presidente Javier Milei y su hermana, la secretaria general de la Presidencia, Karina Milei, e impulsar la reapertura de la investigación. La semana pasada, el juez Marcelo Martínez de Georgi, a pedido del fiscal Eduardo Taiano, dictó el sobreseimiento de todos los acusados en la causa.
La PIA, que tiene a la cabeza al fiscal Sergio Rodríguez, argumentó que el expediente tiene que continuar abierto para esclarecer aspectos centrales de la criptomoneda que el Presidente asegura solo haber difundido.
La intervención de la PIA respondió a una presentación que habían realizado el Centro de Investigación y Prevención de la Criminalidad Económica (Cipce) y el Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (Inecip). Ambas organizaciones forman parte del expediente como amicus curiae y pidieron que la PIA interviniera en la causa para evitar el cierre.
Ya esta semana un grupo de personas que invirtió dinero en $LIBRA presentó una apelación al fallo que sobreseyó a los hermanos Javier y Karina Milei y también a otros nueve imputados. La medida fue impulsada por los querellantes que habían sido separados del expediente, que actualmente aguardan un pronunciamiento de la Cámara Federal de Casación Penal para restablecer de manera formal su estatus procesal de damnificados.
El juez federal Marcelo Martínez de Giorgi resolvió sobreseer a los acusados luego de que el fiscal de la causa, Eduardo Taiano, pidiera el sobreseimiento para todos los investigados. De acuerdo con el fallo, “los sucesos denunciados no encuadran en una figura legal, con la mención que la formación del proceso no afecta el buen nombre y honor del que hubieren gozado”.
Al fundamentar el sobreseimiento, Martínez de Giorgi coincidió con el planteo del fiscal Taiano y sostuvo que no había elementos suficientes para avanzar con una acusación penal por estafa, abuso de autoridad o negociaciones incompatibles con la función pública. Según la resolución, los hechos denunciados no encuadran en una figura penal.
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